A- de 2022
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
✓Demandante Administradora Colombiana De Pensiones Colpensiones·Demandado Tejedor Gomez Jesualdo
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Acción de nulidad y restablecimiento del derecho de un acto administrativo propio
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Tribunal Administrativo del Cesar y el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Valledupar.
La controversia inició por la interposición del control de nulidad y restablecimiento del derecho por parte de Colpensiones, con el fin de que se declare la nulidad de una resolución en la que se reconocía la pensión de invalidez a un particular.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena, reiteró la regla de decisión fijada en el Auto 316/21, afirmando que, conforme a los artículos 97 y 104 de la Ley 1437 de 2011, el juez de lo contencioso administrativo es el competente para conocer el medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho interpuesto por la administración en contra de sus propios actos administrativos, de contenido particular y concreto, en donde el titular del derecho no haya dado su consentimiento para revocarlo.
Y concluyó que la autoridad competente para decidir el mencionado proceso es el Tribunal Administrativo del Cesar, a donde ordenó remitir el expediente para lo de su competencia y para que comunique la providencia a los interesados.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Tribunal Administrativo del Cesar y el Juzgado
- Segundo. Laboral del Circuito de Valledupar en el sentido de DECLARAR que el citado Tribunal es la autoridad competente para conocer la acción de nulidad y restablecimiento del derecho promovida por la Administradora Colombiana de Pensiones -Colpensiones- en la que se pretende la nulidad de las resoluciones SUB 3680 del 10 de enero de 2018 y SUB 33438 del 5 de febrero de 2018.
- SEGUNDO. REMITIR por intermedio de la Secretaría General, el expediente CJU-1942 al Tribunal Administrativo del Cesar para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión al Juzgado
- Segundo. Laboral del Circuito de Valledupar y a los sujetos procesales interesados en el trámite.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.