A- de 2024
Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo
✓Demandante Gonzalez Leal Alba Milena·Demandado Eps Convida
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Relaciones laborales encubiertas en contratos estatales de prestación de servicios
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 1 Administrativo del Circuito de Girardot y el Juzgado Único Laboral del Circuito de Girardot.
La controversia entre los Despachos se presenta por una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho instaurada por una ciudadana, en contra de la EPS Convida en liquidación, en la que se solicita que se declare la existencia de una relación laboral y, entre otros, la nulidad de un oficio mediante el cual la demandada negó una petición de pago de indemnizaciones y prestaciones sociales.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena, en atención a lo establecido en el Auto 492 de 2021, determina que, de conformidad con el artículo 104 del CPACA, la jurisdicción contencioso administrativa es la competente para conocer y decidir de fondo un proceso promovido para determinar la existencia de una relación laboral, presuntamente encubierta a través de la sucesiva suscripción de contratos de prestación de servicios con el Estado.
En consecuencia de lo decidido, la Corte dispone el envío del expediente al Juzgado 1 Administrativo del Circuito de Girardot para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado Único Laboral del Circuito de Girardot y a los interesados en este asunto.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Único Laboral del Circuito de Girardot y el Juzgado 1 Administrativo del Circuito de Girardot, en el sentido de DECLARAR que corresponde al Juzgado 1 Administrativo del Circuito de Girardot conocer sobre la demanda presentada por la señora Alba Milena González Leal contra la EPS Convida en liquidación.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-4929 al Juzgado 1 Administrativo del Circuito de Girardot para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado Único Laboral del Circuito de Girardot y a los interesados en este asunto.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.