A- de 2022
Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera
✓Demandante Clinica Medical Sas·Demandado Sociedad Clinica Casanare Ltda
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Corte Constitucional carece de competencia para dirimir conflicto
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Bogotá y la Superintendencia Nacional de Salud.
La controversia se presentó respecto a una demanda interpuesta por La Clínica Medical S.A.S. contra la Sociedad Clínica Casanare Ltda., ante la Superintendencia Delegada para la Función Jurisdiccional y de Conciliación de la Superintendencia Nacional de Salud, con el fin de dirimir un conflicto de glosas y/o devoluciones por un valor de una suma derivada de una facturación por servicios de salud.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena determinó que, no se cumple con el presupuesto subjetivo para la configuración de un conflicto de jurisdicciones, ya que, la Superintendencia de Salud cuando ejerce funciones jurisdiccionales se asimilan a las del juez de la jurisdicción ordinaria.
Entonces el superior jerárquico para resolver el conflicto de jurisdicciones sería la sala laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial del domicilio del accionante.
Con base en lo anterior, la Corte decide declararse inhibida y ordena remitir el expediente a la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá para lo de su competencia y para que comunique la decisión a los interesados.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre la controversia planteada frente a la competencia en relación con el proceso promovido por La Clínica Medical S.A.S. contra la Sociedad Clínica Casanare Ltda.
- Segundo. REMITIR el expediente a la Sala Laboral del Tribunal Superior de Bogotá para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite, al Juzgado
- Primero. Laboral del Circuito de Bogotá y a la Superintendencia Nacional de Salud.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.