A- de 2022
Ponente Hernán Leandro Correa Cardozo
✓Demandante Estupiñan Meza Rosaura Y Otros·Demandado Empresas Publicas De Malaga Santander
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Controversias sobre responsabilidad patronal por accidente de trabajo de empleado vinculado mediante contrato de trabajo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto negativo de jurisdicción suscitado entre el Juzgado Promiscuo del Circuito de Málaga, Santander, y el Juzgado Doce Administrativo del Circuito de Bucaramanga.
Dicho conflicto se presentó por un grupo de particulares que presentaron demanda ordinaria laboral en contra de las Empresas Públicas Municipales de Málaga, Santander para obtener, a título de culpa patronal, una indemnización por concepto de daño emergente, lucro cesante y perjuicios morales causados con ocasión del accidente de trabajo que derivó en el fallecimiento de un particular que trabajaba para la empresa accionada.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena determina que, de conformidad con el numeral 1º del artículo 2º del CPTSS, en concordancia con el artículo 41 de la Ley 142 de 1994 y el 5º del Decreto 3135 de 1968, corresponde a la jurisdicción ordinaria laboral conocer las demandas donde se invoque culpa patronal de una empresa de servicios públicos domiciliarios constituida como empresa industrial y comercial del Estado, siempre que la controversia involucre a un empleado que no desempeñó funciones de dirección o confianza, sin que para el efecto resulten trascendentes las formalidades que precedieron su vinculación.
Con base a lo anterior, la Corte resuelve que la autoridad competente para decidir el mencionado proceso es el Juzgado Promiscuo del Circuito de Málaga, Santander, a donde ordenó remitir el expediente para lo de su competencia y para que comunique la presente providencia a los interesados.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Promiscuo del Circuito de Málaga, Santander, y el Juzgado Doce Administrativo del Circuito de Bucaramanga, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado Promiscuo del Circuito de Málaga, Santander, es la autoridad competente para conocer de la demanda ordinaria presentada la señora Rosaura Estupiñán Meza y otros en contra de las Empresas Públicas Municipales de Málaga, Santander.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-1352 al Juzgado Promiscuo del Circuito de Málaga, Santander, para lo de su competencia y para que comunique la presente providencia al Juzgado Doce Administrativo del Circuito de Bucaramanga y a los interesados en este trámite.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.