A- de 2025
Ponente Lina Marcela Escobar Martínez
✓Demandante Sanchez Hernandez Cesar Augusto·Demandado Miisterio De Defensa Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Conflictos sobre sistema de seguridad social integral según cláusula general de competencia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto entre el Juzgado 003 de Pequeñas Causas Laborales de Cali y el Juzgado 014 Administrativo de la misma ciudad, causado por una demanda ordinaria laboral presentada por un ciudadano, en contra de Colpensiones y el Ministerio de defensa Nacional – Policía Nacional, para solicitar la reliquidación de la indemnización sustitutiva de vejez, con base en la acumulación de 871 semanas de tiempo público y privado y, pagar el bono pensional correspondiente.
Cumplidos los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena considera que la demanda ordinaria laboral de reliquidación de la indemnización sustitutiva de pensión de vejez solicitada debe ser conocida por la Jurisdicción Ordinaria en su especialidad Laboral.
Ello, como quiera que, si bien una persona de derecho público administra el régimen de seguridad social del demandante, esto es, la Administradora Colombiana de Pensiones -Colpensiones-, el demandante no ostentaba la calidad de empleado público al momento de presentar su solicitud de indemnización sustitutiva, pues, no se cumplen los requisitos exigidos por el numeral 4 del artículo 104 de la Ley 1437/11 para asignarle la competencia a la jurisdicción contencioso-administrativa, en reiteración de la regla de decisión del Auto 746/21.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 003 Laboral de Pequeñas Causas Laborales de Cali y el Juzgado 014 Administrativo del Circuito de la misma ciudad, en el sentido de DECLARAR que Juzgado 003 de Pequeñas Causas Laborales de Cali es el competente para conocer la demanda ordinaria laboral promovida por el señor César Augusto Sánchez Hernández en contra de la Administradora Colombiana de Pensiones -Colpensiones-.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-7069 al Juzgado 003 Laboral de Pequeñas Causas Laborales de Cali para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los sujetos procesales interesados en el trámite y al Juzgado 014 Administrativo del Circuito de Cali.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.