Micelio
Auto16 de febrero de 2022

A- de 2022

Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo

Tema · dato duro
Controversia Sobre Recobros De Prestaciones No Incluidas En El Plan De Beneficios De Salud-Pbs.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Controversias sobre recobros de prestaciones no incluidas en el plan de beneficios de salud-PBS
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de entre la Sala Laboral del Tribunal Superior de Cali y el Tribunal Administrativo del Valle del Cauca.

La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en la demanda de reparación directa que interpuso la Caja de Compensación Familiar del Valle del Cauca en contra del Ministerio de Salud y Protección social y otros, con el propósito de que sean declaradas responsables por los daños y perjuicios antijurídicos que sufrió por el incumplimiento en los pagos de los recobros que presentó con ocasión de valores que canceló para garantizar la prestación de servicios de salud excluidos del POS, suministrados en cumplimiento de fallos de tutela o decisiones de los comités técnicos científicos.

La demandante adelantó el proceso administrativo de recobro pero el FOSYGA le impuso unas glosas sin fundamentos fácticos o jurídicos, al considerar que los servicios hacían parte del POS.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte reiteró la regla de decisión fijada en el Auto 389/21 mediante la cual se estableció que, el conocimiento de los asuntos relacionados con los recobros de servicios y tecnologías en salud no incluidos en el POS, hoy PBS, corresponde a los jueces contencioso administrativos, en virtud de lo dispuesto en el inciso primero del artículo 104 de la Ley 1437 de 2011, por cuanto a través de estos se cuestiona por parte de una EPS un acto administrativo proferido por la ADRES.

Con base en lo anterior se ordenó el envío del expediente al Tribunal Administrativo del Valle del Cauca, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al otro operador jurídico involucrado y a los sujetos procesales dentro del proceso correspondiente.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre la Sala Laboral del Tribunal Superior de Cali y el Tribunal Administrativo del Valle del Cauca en el sentido de DECLARAR que corresponde al Tribunal Administrativo del Valle del Cauca conocer el proceso de reparación directa presentado por COMFENALCO VALLE en contra del Ministerio de Salud y Protección Social y otros, de acuerdo con las consideraciones de este auto.
  2. SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-509 al Tribunal Administrativo del Valle del Cauca, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a la Sala Laboral del Tribunal Superior de Cali y a los sujetos procesales dentro del proceso correspondiente.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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