A- de 2023
Ponente Alejandro Linares Cantillo
✓Demandante Navas Alvarez Luzdali·Demandado Secretarias De Las Salas Civil Y Penal De La Corte Suprema De Justicia
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Corte Constitucional carece de competencia para dirimir conflicto
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado por la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bolívar y la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal.
La controversia se generó por escrito de queja en contra de las secretarías de las Salas Penal y Civil de la Corte Suprema de Justicia, por presuntas anomalías en trámites de notificación dentro de un fallo de segunda instancia y vulneración al derecho de petición.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena dispone que la autoridad competente para tramitar el conflicto analizado es la Sala de Consulta y del Servicio Civil del Consejo de Estado, según el numeral 10 del artículo 112 –modificado por el artículo 19 de la Ley 2080 de 20218, y el artículo 39 del CPACA9, que le asignan a dicha autoridad la facultad para conocer los conflictos de competencia propuestos entre autoridades del orden nacional que no estén sometidas a la jurisdicción de un mismo tribunal administrativo, que traten sobre asuntos de naturaleza administrativa y que versen sobre un caso particular y concreto.
La Corte considera que carece de competencia para dirimir el asunto y se declara inhibida para pronunciarse por lo que decide remitir el expediente a la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, para lo de su competencia y para que comunique la decisión a los interesados en el trámite.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre la controversia planteada entre la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bolívar y la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-1745 a la Sala de Consulta y del Servicio Civil del Consejo de Estado para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a las autoridades involucradas y a los demás sujetos procesales e interesados en el trámite correspondiente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.