Micelio
Auto14 de octubre de 2025

A- de 2025

Ponente Natalia Ángel Cabo

Demandante Colpensiones·Demandado Baquero De Romero Julia Alcira

Tema · dato duro
Acción De Lesividad Promovida Por Colpensiones Contra Acto Administrativo Que Concedió Prestación Pensional.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Acción de nulidad y restablecimiento del derecho de un acto administrativo propio
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto entre el Juzgado 011 Laboral de Bogotá y el Juzgado 012 Administrativo de la Sección Segunda de Bogotá, ocasionado por una demanda nulidad y restablecimiento de derecho, acción de lesividad, presentada por la Administradora Colombiana de Pensiones – Colpensiones, para que se anule una resolución por medio de la cual el Instituto de Seguros Sociales reconoció una pensión de sobrevivientes, por considerar que dicha prestación no cumplía con el requisito de ley.

Cumplidos los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena considera que es pertinente aplicar la regla de decisión del Auto 316/21, que contempla que los artículos 97 y 104 del CPACA prevén una cláusula especial de competencia, por virtud de la cual la jurisdicción de lo contencioso administrativo tiene la competencia exclusiva para conocer las demandas que la administración interpone contra actos administrativos propios, incluidos los que versan sobre asuntos laborales o de la seguridad social.

Advierte la regla que esta cláusula especial de competencia comprende las demandas en contra de los actos administrativos proferidos por una entidad pública liquidada, que sean interpuestas por la entidad que la subrogó en sus derechos y obligaciones, como Colpensiones al Instituto de Seguros Sociales, en este caso.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 012 Administrativo de Bogotá y el Juzgado 011 Laboral del Circuito de Bogotá, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 012 Administrativo de Bogotá es la autoridad competente para conocer la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho que interpuso Colpensiones en contra de la señora Julia Alcira Baquero de Romero
  2. Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-7028 al Juzgado 012 Administrativo de Bogotá para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al Juzgado 011 Laboral del Circuito de Bogotá.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.