Micelio
Auto4 de julio de 2007

A- de 2007

Ponente Manuel José Cepeda Espinosa

Demandante Ruben Dario Manrique Vasquez Vs. Iss Y Colfondos

Tema · dato duro
Conflicto De Competencia Entre El Tribunal Superior De Pereira Y El Tribunal Administrativo De Risaralda Deja Sin Efecto El Auto Que Declaro La Nulidad De Lo Actuado Dentro Del Proceso Y Ordena Remitir El Expediente Al Tribunal Superior De Pereira
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Juez
  • No le es dado modificar la solicitud presentada por la persona en el escrito de tutela ni excluir autoridades contra las cuales se dirigió la tutela
  • No le es dado so pretexto de repartir correctamente una acción de tutela excluir autoridades contra las cuales el juez considere que la acción no ha debido ser dirigida
Conflicto De Competencia En Tutela
  • Competencia del Tribunal Superior para resolver la impugnación al fallo de primera instancia
Conflicto De Competencia
  • Nulidad del auto mediante el cual el juez declaró la nulidad de todo lo actuado dentro del proceso de acción de tutela
3 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. Dejar sin efecto el auto de marzo 21 de 2007 de la Sala Civil Familia del Tribunal Superior de Pereira dentro del proceso de accion de tutela de Ruben Dario Manrique Vasquez contra el Instituto de Seguros Sociales Seccional Risaralda y el Fondo de Pensiones y Cesantias COLFONDOS, mediante el cual se declaro la nulidad de todo lo actuado dentro del proceso.
  2. Segundo. Remitir, por intermedio de Secretaria General, el expediente de la referencia al Tribunal Superior de Pereira para que ejerciendo sus competencias constitucionales y legales, resuelva la impugnacion formulada del proceso de accion de tutela de la referencia.
  3. Tercero. Comunicar, por medio de Secretaria General, la presente sentencia al Juzgado
  4. Segundo. de Familia de Pereira y al Tribunal Administrativo de Risaralda, con el fin de que tenga conocimiento sobre lo aqui resuelto por la Corte Constitucional. Para el efecto se remitira copia de la misma.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.