A- de 2001
Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra
✓Demandante Norberto Alonso Murillo Gelvez
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Alcance
- Procedencia
- Inaplicación del precepto constitucional
- No puede arrogarse competencias para llenar vacíos legislativos
- Organo aplicador de la Constitución
- Dirime conflictos de competencia entre distintas jurisdicciones
- Conocimiento para resolverlo debe ser expreso
- Posición jurídica del individuo o del funcionario público
- Alcance
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se abstuvo de hacer un pronunciamiento en el caso de autos, toda vez que en este caso, se presenta un conflicto aparente de competencia.
Lo anterior, en virtud de que son dos Salas que tienen la misma jerarquía y forman parte del mismo Tribunal.
Al no existir verdadero conflicto, quien tiene la competencia a prevención, según el Decreto 2591 de 1991 Art. 37, en el presente caso es el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Civil, y a este se enviará el caso de tutela para que asuma conocimiento.
Teniendo en cuenta que esta Corte reiteradamente ha inaplicado por inconstitucional el Decreto 1382 de 2000.
En tal sentido, se ordenó remitir el expediente al citado Tribunal para que asuma conocimiento del caso.
Contra esta providencia no procede recurso alguno.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. ABSTENERSE de hacer un pronunciamiento en el caso de autos por las razones expuestas en la parte motiva.
- SEGUNDO. ORDENAR que por Secretaría General se remita al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Civil, para que este asuma conocimiento del caso para el cumplimiento de los fines expuestos en la parte motiva
- TERCERO. Contra esta providencia no procede recurso alguno.
- Comuníquese,
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.