Micelio
Auto20 de abril de 2001

A- de 2001

Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra

Demandante Norberto Alonso Murillo Gelvez

Tema · dato duro
Conflicto Negativo De Competencia
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Corte Constitucional
  • Inaplicación del precepto constitucional
  • No puede arrogarse competencias para llenar vacíos legislativos
  • Organo aplicador de la Constitución
Sala Disciplinaria Del Consejo Superior De La Judicatura
  • Dirime conflictos de competencia entre distintas jurisdicciones
Conflicto De Competencia En Tutela
  • Conocimiento para resolverlo debe ser expreso
Estado Social De Derecho
  • Posición jurídica del individuo o del funcionario público
8 temas · 10 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se abstuvo de hacer un pronunciamiento en el caso de autos, toda vez que en este caso, se presenta un conflicto aparente de competencia.

Lo anterior, en virtud de que son dos Salas que tienen la misma jerarquía y forman parte del mismo Tribunal.

Al no existir verdadero conflicto, quien tiene la competencia a prevención, según el Decreto 2591 de 1991 Art. 37, en el presente caso es el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Civil, y a este se enviará el caso de tutela para que asuma conocimiento.

Teniendo en cuenta que esta Corte reiteradamente ha inaplicado por inconstitucional el Decreto 1382 de 2000.

En tal sentido, se ordenó remitir el expediente al citado Tribunal para que asuma conocimiento del caso.

Contra esta providencia no procede recurso alguno.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. ABSTENERSE de hacer un pronunciamiento en el caso de autos por las razones expuestas en la parte motiva.
  2. SEGUNDO. ORDENAR que por Secretaría General se remita al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Civil, para que este asuma conocimiento del caso para el cumplimiento de los fines expuestos en la parte motiva
  3. TERCERO. Contra esta providencia no procede recurso alguno.
  4. Comuníquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoJaime Araujo Rentería
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.