A- de 2022
Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar
✓Demandante De Oficio Procesado Jimenez Valdes Luis Alfonso·Demandado Jimenez Valdes Luis Alfonso
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Penal Ordinaria y Penal Militar
- Debe encontrarse probado el vínculo directo, próximo e inmediato de origen, entre la actividad del servicio y el delito
- Conocimiento de procesos que vinculen a miembros de la fuerza pública por delitos cometidos en servicio activo sin relación con el servicio
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto negativo entre el Juzgado Penal del Circuito Especializado de Mocoa, Putumayo, y el Juzgado 58 de Instrucción Penal Militar.
Dicho conflicto se presentó por la imputación a un miembro de la Fuerza Pública, por el delito de fabricación, tráfico y porte de armas y municiones de uso privativo de las fuerzas armadas en calidad de autor y a título de dolo.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena entra a dar análisis a los elementos subjetivo y funcional para determinar la competencia de la Justicia Penal Militar.
Consiguiente al análisis de los elementos, la Corte determina que se desvirtúa el elemento funcional, debido a que, existen dudas sobre la relación próxima o directa de la conducta presuntamente delictiva con el servicio.
Con base a lo anterior, la Corte resuelve que la autoridad competente para decidir el mencionado proceso es el Juzgado Penal del Circuito Especializado de Mocoa, a donde ordenó remitir el expediente para lo de su competencia y para que comunique la presente providencia a los interesados.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo de competencia entre jurisdicciones suscitado por el Juzgado Penal del Circuito Especializado de Mocoa, Putumayo, y el Juzgado 58 de Instrucción Penal Militar, en el sentido de DECLARAR que le corresponde al Juzgado Penal del Circuito Especializado de Mocoa, Putumayo, conocer del proceso penal seguido contra el señor Luis Alfonso Jiménez Valdés por la posible comisión del delito de fabricación, tráfico y porte de armas y municiones de uso privativo de las fuerzas armadas, en razón a las consideraciones expuestas en la presente providencia.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-2392 al Juzgado Penal del Circuito Especializado de Mocoa, Putumayo, para lo de su competencia, y para que comunique la presente decisión al Juzgado 58 de Instrucción Penal Militar y a los sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.