A- de 2022
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
✓Demandante Francis Moreno Olario·Demandado --
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Existencia de cosa juzgada
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Recurso de súplica.
Con base en las previsiones de los artículos 243 de la Constitución y 6 del Decreto 2067 de 1991, se rechazó de plano la demanda de la referencia, por estar dirigida contra normas cuyo control hizo tránsito a cosa juzgada constitucional.
La Sala Plena compartió las motivaciones plasmadas en la providencia recurrida y verificó que en la demanda formulada no se expuso ningún argumento encaminado a debilitar la existencia de la cosa juzgada mencionada.
Con base en lo anterior se RECHAZÓ el recurso impetrado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. RECHAZAR el recurso de súplica formulado contra el Auto del 19 de septiembre de 2022, mediante el cual la magistrada Cristina Pardo Schlesinger rechazó la demanda de inconstitucionalidad formulada por el ciudadano Olario Francis Moreno contra el artículo 33 (parcial) del Decreto Ley 2591 de 1991, expediente D-14949.
- Segundo. Proceda la Secretaría General de la Corte Constitucional a comunicarle el contenido de esta decisión al recurrente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.