A- de 2022
Ponente Alejandro Linares Cantillo
✓Demandante Hernández Meneses Lixby Lucila·Demandado --
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Inexistencia de argumentación, razonamiento o motivación
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Recurso de súplica.
La demanda se rechazó porque el escrito de corrección no logró subsanar las falencias advertidas en el auto de inadmisión.
La Sala Plena de la Corporación encontró que los argumentos planteados por el actor son una repetición de los planteamientos que sirvieron de sustento para la demanda de inconstitucionalidad y su posterior escrito de subsanación, y no verdaderos motivos de disenso que evidencien los errores en los que habría incurrido la providencia cuestionada.
Con base en lo anterior, se RECHAZÓ el recurso impetrado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (23 puntos)
- Primero. RECHAZAR el recurso de súplica presentado por la ciudadana Lixby Lucila Hernández Meneses contra el auto del 26 de septiembre de 2022, mediante el cual se rechazó la demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 240 de la Ley 1955 de 2019 y 5 de la Ley 1966 de 2019, con radicado D-14934, por las razones anteriormente señaladas.
- Segundo. COMUNICAR, a través de la Secretaría General de la Corte, el contenido de esta decisión a la ciudadana, indicándole que contra esta no procede recurso alguno.
- Tercero. ARCHIVAR el expediente D-14934.
- CRISTINA PARDO SCHLESINGER
- Presidenta
- NATALIA ÁNGEL CABO
- Magistrada
- DIANA FAJARDO RIVERA
- Magistrada
- JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR
- Magistrado
- No participa
- ALEJANDRO LINARES CANTILLO
- Magistrado
- ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO
- Magistrado
- PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
- Magistrada
- HERNÁN CORREA CARDOZO
- Magistrado (E)
- JOSE FERNANDO REYES CUARTAS
- Magistrado
- MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.