A- de 2024
Ponente Juan Carlos Cortés González
✓Demandante Unidad Para La Atencion Y Reparacion Integral A Las Victimas·Demandado Alvalez Mejia Jose Ricardo
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Controversias sobre restitución de bienes inmuebles por parte de un particular
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia entre jurisdicciones, entre el Juzgado Cuarto de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple del Circuito de Santa Marta y el Juzgado Séptimo Administrativo del Circuito de la misma ciudad, causado por una demanda de restitución de tenencia de inmueble presentada por la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas (UARIV), en contra de un ciudadano, por una presunta ocupación irregular, motivo por el cual la demandante solicita ordenar la terminación del contrato de comodato suscrito con el demandado, la restitución de los bienes inmuebles y el pago de perjuicios y servicios públicos a favor del Fondo de Reparación a las Víctimas.
Cumplidos los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo que configuran un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena acude al precedente contenido en Auto 1114 de 2021, reiterado en autos Auto 1218 de 2022, 552 de 2023, 625 de 2023, 1948 de 2023 y 247 de 2024 para resolver con la regla según la cual, cuando una entidad pública presenta una demanda contra un particular, con el objeto de obtener la restitución de bienes o la restitución de tenencia, sin que se advierta la existencia de un contrato estatal y sin que se constate de por medio el cumplimiento de una función administrativa, el asunto deberá ser asumido por la jurisdicción ordinaria, en aplicación de la regla general o residual de competencia prevista en el artículo 15 del Código General del Proceso.
Por consiguiente, la Corte dispone el envío del expediente al Juzgado Cuarto de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple del Circuito de Santa Marta, para lo de su competencia.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el presente conflicto negativo de competencia entre jurisdicciones, en el sentido de DECLARAR que corresponde al Juzgado
- Cuarto. de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple del Circuito de Santa Marta conocer del proceso judicial promovido por la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas (UARIV) en contra de José Ricardo Álvarez Mejía.
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, REMITIR el expediente CJU-5231 al Juzgado
- Cuarto. de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple del Circuito de Santa Marta, para lo de su competencia, y para que comunique esta decisión al Juzgado
- Séptimo. Administrativo del Circuito de la misma ciudad y a los interesados en este trámite.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.