Micelio
Auto19 de octubre de 2022

A- de 2022

Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera

Demandante Varela Llanos Milena Patricia·Demandado Caja De Prevision Social De Comunicaciones Caprecom En Liquidacion Fiduprevisora Sa

Tema · dato duro
Solicitud De Declaratoria De Existencia De Relación Laboral Encubierta A Través De La Celebración Sucesiva De Contratos De Prestación De Servicios.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Conocimiento de actos sujetos al derecho administrativo, cuando esté involucrada una entidad pública
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones entre el Tribunal Administrativo del Atlántico y el Juzgado 13 Laboral del Circuito de Barranquilla.

La controversia se presentó con ocasión de una interposición de una acción de nulidad y restablecimiento del derecho por un particular en contra de CAPRECOM EICE en liquidación, con el fin de que, se reconozca la relación laboral que sostuvieron las partes y que se le pague a la demandante las prestaciones sociales adeudadas.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena determinó que, Corresponde a los jueces de lo contencioso administrativo el conocimiento de los asuntos que pretendan el control de los actos administrativos emitidos por el agente liquidador de entidades públicas de la Rama Ejecutiva del orden nacional, relativos a la aceptación, rechazo, prelación o calificación de créditos y los que impliquen ejercicio de funciones públicas.

Con base en lo anterior, la Corte remitió el expediente al Tribunal Administrativo del Atlántico, para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Tribunal Administrativo del Atlántico y el Juzgado 13 Laboral del Circuito de Barranquilla, en el sentido de DECLARAR que el Tribunal Administrativo del Atlántico es la autoridad competente para conocer la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho promovida por Milena Patricia Varela Llanos en contra de CAPRECOM EICE en liquidación.
  2. Segundo. REMITIR el expediente CJU-1919 al Tribunal Administrativo del Atlántico para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado 13 Laboral del Circuito de Barranquilla.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.