A- de 2014
Ponente Alberto Rojas Ríos
✓Demandante Celso Jesus Puello Ospina Vs Juzgado Primero Promiscuo Municipal De El Banco
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Decreto 1382 de 2000 no establece competencia sino reglas de simple reparto
- Normas que determinan la competencia
- Abstenerse de decidir por desistimiento del accionante
- Reiteración auto A124/09
- Abstenerse de decidir conflicto de competencia por desistimiento del accionante
- Competencia para dirimir conflictos de competencia
- Competencia residual cuando autoridades judiciales carezcan de superior jerárquico común
- Factor territorial
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
La Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura decidió inhibirse de resolver un presunto conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Único Civil del Circuito de El Banco (Magdalena) y el Consejo Seccional de la Judicatura, Sala Disciplinaria del Magdalena y, además, remitir el asunto a la Corte Constitucional, para que resolviera lo pertinente.
Por sustracción de materia, toda vez que el demandante manifestó su desistimiento y el despacho que tramitaba la acción de tutela la aceptó, la Corte Constitucional decide abstenerse de decidir el presunto conflicto de competencia, por configurarse la carencia actual de objeto, al haber operado la figura del desistimiento.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- Primero. ABSTENERSE de decidir el presunto conflicto de competencia suscitado entre la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura del Magdalena, el Juzgado
- Primero. Penal del Circuito y Penal del Circuito de El Banco, por haber sido aceptada la manifestacion de desistimiento expresada por el senor Celso Jesus Puello Ospina, mediante auto del 7 de octubre de 2013, dentro de la accion de tutela promovida contra el Juzgado
- Primero. Promiscuo Municipal de El Banco.
- Segundo. DEVOLVER al Juzgado Penal del Circuito de El Banco el expediente que contiene las actuaciones adelantadas en el tramite de la accion de tutela promovida por el senor Celso Jesus Puello Ospina, para que de conformidad con lo previsto en el articulo 26 del Decreto 2591 de 1991, efectue su archivo.
- Tercero. Por la Secretaria General de esta Corporacion, COMUNICAR a la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura y al senor Celso Jesus Puello Ospina, la decision adoptada en la presente providencia.
- Cuarto. Contra la presente decision no procede recurso alguno.
- Comuniquese,
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.