A- de 2022
Ponente Alejandro Linares Cantillo
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Conocimiento de procesos ejecutivos derivados del incumplimiento de un contrato estatal
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Primero Civil Municipal de Quibdó y el Juzgado Primero Administrativo Oral del Circuito de la misma ciudad.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en el proceso ejecutivo singular que interpuso un ciudadano en contra de la Entidad Autónoma Regional para el Desarrollo Sostenible del Chocó, con ocasión del incumplimiento de un contrato de arrendamiento acortado entre ellos.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte determinó que corresponde a la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, conforme a lo dispuesto en los artículos 104.6 del CPACA y 75 de la Ley 80 de 1993, la competencia para conocer de un proceso ejecutivo derivado de un contrato acordado entre un particular y una entidad pública, como lo es una Corporación Autónoma Regional.
Con base en lo anterior, se ordenó el envío del expediente al Juzgado Primero Administrativo Oral del Circuito de Quibdó para que, de manera inmediata, continúe con el trámite de la referida demanda y para que comunique la presente decisión al otro operador jurídico involucrado y a los sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado
- Primero. Civil Municipal de Quibdó y el Juzgado
- Primero. Administrativo Oral del Circuito de la misma ciudad, y DECLARAR que el conocimiento de la demanda ejecutiva presentada por el señor Julio César Halaby Guerrero contra CODECHOCÓ, le corresponde tramitarla al Juzgado
- Primero. Administrativo Oral del Circuito de Quibdó.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-185 al Juzgado
- Primero. Administrativo Oral del Circuito de Quibdó para que, de manera inmediata, continúe con el trámite de la referida demanda y para que comunique la presente decisión al Juzgado
- Primero. Civil Municipal de la citada ciudad y a los sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.