Micelio
Auto19 de octubre de 2022

A- de 2022

Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo

Demandante Barbety Pinzon Alejandro Cesar·Demandado Caja De Retiro De Las Fuerzas Militares

Tema · dato duro
Proceso Que Pretende La Devolución De Dineros Descontados En Virtud De Un Acta De Conciliación.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Civil
  • Asuntos no atribuidos por ley a otras jurisdicciones
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Cincuenta y Seis Administrativo de Bogotá, Sección Segunda y el Juzgado Tercero de Familia de Bogotá.

La controversia se presentó respecto a una demanda ejecutiva en contra de la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares en donde un particular buscaba que se librara mandamiento de pago a su favor por concepto de cuotas de alimentos descontadas de la asignación de retiro reconocidas por un acta de conciliación.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena determina que, Corresponde a la jurisdicción ordinaria en su especialidad civil, el conocimiento de los procesos que pretenden la devolución de dineros descontados en virtud de un acta de conciliación, que no estén asignadas a otra jurisdicción, aunque la autoridad judicial competente no haga parte del conflicto suscitado entre jurisdicciones.

Lo anterior, en aplicación de la cláusula residual de competencia señaladas en los artículos 15 del Código General del Proceso y 12 de la Ley 270 de 1996.

Con base en lo anterior, la Corte decide declararse inhibida y remitió el expediente al Centro de Servicios Judiciales de Bogotá para que adelante el reparto correspondiente entre los juzgados civiles municipales de Bogotá y para que comunique esta decisión a los Juzgados Cincuenta y Seis Administrativo de Bogotá, Sección Segunda y Tercero de Familia de Bogotá y a los sujetos procesales e interesados, para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones presentado entre el Juzgado Cincuenta y Seis Administrativo de Bogotá, Sección Segunda y el Juzgado
  2. Tercero. de Familia de Bogotá, en el sentido de DECLARAR que la Jurisdicción Ordinaria en su especialidad civil es la autoridad competente para conocer del proceso ejecutivo promovido por el señor Alejandro Cesar Barbetty Pinzón contra la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares.
  3. SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU 1074 al Centro de Servicios Judiciales de Bogotá para que adelante el reparto correspondiente entre los juzgados civiles municipales de Bogotá y para que comunique esta decisión a los Juzgados Cincuenta y Seis Administrativo de Bogotá, Sección Segunda y
  4. Tercero. de Familia de Bogotá y a los sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.