Auto21 de abril de 2009
A- de 2009
Ponente Jorge Iván Palacio Palacio
✓Demandante Gladys Esther Vergel De Gomez Vs. Instituto De Seguros Sociales
✓
Tema · dato duro
Conflicto De Competencia Entre El Juzgado Decimo Civil Municipal De Cucuta Y El Juzgado Tercero Administrativo Del Circuito De Cucuta. Se Resolvio Remitir Al Juzgado Tercero Administrativo De Cucuta El Expediente De La Referencia A Fin De Que, De Forma Inmediata, Continue Con El Tramite De La Primera Instancia Y Profiera Decision De Fondo Respecto Del Amparo Solicitado.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Accion De Tutela Contra La Nueva Eps
- Competencia de Juzgado Administrativo del Circuito
- Conocimiento por jueces de circuito o con categoría de tales
Decreto Reglamentario De Competencia Para Reparto De Accion De Tutela
- Aplicación
- Jueces o corporaciones no pueden declarase incompetentes para conocer una acción de tutela
Iss Y Nueva Eps
- Entidad del sector descentralizado por servicios
Corte Constitucional
- Competencia residual para dirimir conflictos de competencia
- Conocimiento y resolución directa de conflictos de competencia aunque exista superior jerárquico común
Acción De Tutela
- Normas que determinan la competencia
Conflicto De Competencia En Tutela
- Reglas jurisprudenciales fundamentales
- Asunción por Corte Constitucional cuando no existe superior jerárquico común
- Competencia del Consejo Superior de la Judicatura
Conflicto Negativo De Competencia Entre Juzgado Civil Municipal Y Juzgado Administrativo Del Circuito
- Competencia del superior funcional
- Reiteración Auto 124/09
Juez De Tutela
- Desde el punto de vista funcional hace parte de la jurisdicción constitucional
- No corresponde determinar a priori contra quienes debe dirigirse la acción
8 temas · 15 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto de fecha 6 de marzo de 2009, en el cual el Juzgado
- Tercero. Administrativo del Circuito de Cúcuta se declara incompetente para conocer de la acción de tutela instaurada por la señora Gladys Vergel de Gómez en contra del Instituto de Seguros Sociales.
- Segundo. REMITIR al Juzgado
- Tercero. Administrativo de Cúcuta, el expediente de la referencia para que, de forma inmediata, continúe con el trámite de la primera instancia y profiera decisión de fondo respecto del amparo solicitado, conforme a las previsiones del artículo 86 de la Constitución Política y del Decreto 2591 de 1991.
- Tercero. Por Secretaría General, comuníquese al Juzgado
- Décimo. Civil Municipal de Cúcuta, la decisión adoptada en esta providencia, con el fin de que tenga conocimiento sobre lo aquí resuelto por la Corte Constitucional en relación con el conflicto de competencia.
- Comuníquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
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Jorge Iván Palacio Palacio
Ponente
Clara Elena Reales Gutiérrez
Magistrado
Gabriel Eduardo Mendoza Martelo
Magistrado
Humberto Antonio Sierra Porto
Magistrado
Jorge Ignacio Pretelt Chaljub
Magistrado
Juan Carlos Henao Pérez
Magistrado
Luis Ernesto Vargas Silva
Magistrado
Mauricio González Cuervo
Magistrado
Nilson Pinilla Pinilla
Presidente
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.