Micelio
Auto9 de febrero de 2023

A- de 2023

Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar

Demandante Meneses Castro Brandon Brayan·Demandado Diaz Guerrero Cristian Armando

Tema · dato duro
Inexistencia De Conflicto De Competencia Entre Jurisdicciones-Corte Constitucional Carece De Competencia Para Dirimir Conflicto
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Inexistencia De Conflicto De Competencia Entre Jurisdicciones
  • Corte Constitucional carece de competencia para dirimir conflicto
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto aparente de jurisdicciones entre la Fiscalía 39 Local de Pasto y la Inspección Sexta de Policía de la misma ciudad.

La controversia se dio con ocasión de un proceso penal abierto por el delito de violación de habitación ajena y daño en bien ajeno en contra de un particular.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena determinó que, no tiene competencia para resolver el conflicto de competencias sub examine.

Esto, porque la controversia no se presenta entre dos autoridades que administran justicia y forman parte de distintas jurisdicciones, sino entre la Fiscalía y una autoridad administrativa.

Con base a lo anterior, la Corte decide declararse inhibida y remitir el expediente a la Inspección Sexta de Policía de Pasto, Nariño, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este asunto.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. INHIBIRSE de pronunciarse sobre la controversia planteada entre la Fiscalía 39 Local de Pasto y la Inspección Sexta de Policía de Pasto, Nariño, para conocer la denuncia promovida por el señor Brandon Brayan Meneses Castro.
  2. SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-3022 a la la Inspección Sexta de Policía de Pasto, Nariño, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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