A- de 2001
Ponente Jaime Córdoba Triviño
✓Demandante Cipriano Gonzalez Santiago
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Conocimiento para resolverlo debe ser expreso
- Inaplicación del precepto constitucional
- No puede arrogarse competencias para llenar vacíos legislativos
- Organo aplicador de la Constitución
- Dirime conflictos de competencia entre distintas jurisdicciones
- Límite al ejercicio de la acción de tutela
- Posición jurídica del individuo o del funcionario público
- Alcance
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se desató el conflicto de competencia suscitado entre el Tribunal Contencioso Administrativo de Cundinamarca y el Juzgado Décimo Civil del Circuito de Bogotá, para conocer de la tutela instaurada por el ciudadano de la referencia, asignando su conocimiento al citado Tribunal.
La Corte reiteró en esta oportunidad el imperativo de remitirse al Art. 86 de la Carta y al Decreto 2591 de 1991 para efectos de la determinación de la competencia en materia de acción de tutela.
Se ordenó remitir el expediente al mencionado Tribunal para que realice lo correspondiente conforme a la ley.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de competencia suscitado entre el Tribunal Contencioso Administrativo de Cundinamarca y el Juzgado
- Décimo. Civil del Circuito de Bogotá, para conocer de la acción de tutela instaurada por Cipriano González Santiago, asignando su conocimiento al citado Tribunal.
- Segundo. REMITIR el expediente al Tribunal Contencioso Administrativo de Cundinamarca. Comunicar lo resuelto al Juzgado
- Décimo. Civil del Circuito de Bogotá.
- Notifíquese, cúmplase, publíquese e
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.