Micelio
Auto13 de octubre de 2022

A- de 2022

Ponente José Fernando Reyes Cuartas

Demandante Hincapie Rubiano Lilia Estela·Demandado Junta Regional De Calificacion De Invalidez Del Valle Y Otros

Tema · dato duro
Demanda Contra Dictamen Emanado Por Junta De Calificación De Invalidez.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Laboral
  • Demandas contra dictámenes emanados de las juntas de calificación de invalidez
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Diecinueve Laboral del Circuito de Cali, Valle del Cauca y el Juzgado Veinte Administrativo Mixto de la misma ciudad.

Dicho conflicto se presentó respecto al conocimiento de una demanda ordinaria de carácter laboral interpuesta por un particular en contra de la compañía de seguros Positiva S.A., la Junta Regional de Calificación de Invalidez del Valle del Cauca y la Junta Nacional de Calificación de Invalidez.

La demanda tenía como pretensión que, se declare la nulidad de unas resoluciones donde no se le reconoció al accionante la pérdida de la capacidad laboral en ningún porcentaje, que se declare la pérdida de la capacidad superior al 5% e inferior al 49% en ocasión a un accidente laboral, y que se condene a pagar una indemnización a los demandados por la pérdida de la capacidad laboral.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena determinó que, la demanda promovida por un empleado público con la finalidad de que se declare la nulidad de un dictamen expedido por la Junta Regional o Nacional de Calificación de Invalidez debe ser conocida y decidida por la jurisdicción ordinaria en su especialidad laboral.

Con base a lo anterior, la Corte decide remitir el expediente al Juzgado Diecinueve Laboral del Circuito de Cali, para lo de su competencia, y para que comunique la presente providencia a los interesados.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Diecinueve Laboral del Circuito de Cali, Valle del Cauca y, el Juzgado Veinte Administrativo Mixto de la misma ciudad y DECLARAR que el conocimiento de la demanda instaurada por la señora Lilia Estela Hincapié Rubiano contra la Junta Regional de Calificación de Invalidez del Valle del Cauca, Junta Nacional de Calificación de Invalidez y Positiva S.A, corresponde tramitarla al Juzgado Diecinueve Laboral del Circuito de Cali, Valle del cauca.
  2. Segundo. REMITIR el expediente CJU-1960 al Juzgado Diecinueve Laboral del Circuito de Cali, Valle del Cauca para que, de manera inmediata, continúe con el trámite del referido proceso y para que comunique la presente decisión al Juzgado Veinte Administrativo Mixto de Cali, Valle del Cauca y, a los sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.