Micelio
Auto1 de octubre de 2025

A- de 2025

Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera

Demandante Colpensiones·Demandado Ruiz Moreno Carlos Gonzalo

Tema · dato duro
Medio De Control De Nulidad Y Restablecimiento Del Derecho De Un Acto Propio Relativo A La Seguridad Social.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Acción de nulidad y restablecimiento del derecho de un acto administrativo propio
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto entre el Juzgado 011 Laboral del Circuito de Bogotá y el Juzgado 013 Administrativo de Oralidad de Bogotá, Sección Segunda, ocasionado por una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho instaurada por Colpensiones, en contra de un ciudadano, con el fin de obtener la declaratoria de nulidad de la resolución por medio de la cual se le reconoció una pensión de vejez en valores superiores a lo debido, por lo que solicita se le ordene al demandado el reintegro de lo pagado, entre otros conceptos.

Cumplidos los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena considera que la demanda debe ser conocida por la jurisdicción de lo contencioso administrativo porque fue presentada por una entidad pública en contra de actos administrativos propios –acción de lesividad–, en reiteración de la regla de decisión del Auto 316/21, cuyo fundamento normativo está contemplado en los artículos 97 y 104 de la Ley 1437/11.

La Corte dispone el envío del expediente al Juzgado 013 Administrativo de Oralidad de Bogotá, Sección Segunda, para lo de su competencia

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 011 Laboral del Circuito de Bogotá y el Juzgado 013 Administrativo de Oralidad de Bogotá, Sección Segunda, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 013 Administrativo de Oralidad de Bogotá, Sección Segunda es la autoridad competente para conocer la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho promovida por Colpensiones en contra de la Resolución n.º110390 del 14 de junio de 2012.
  2. Segundo. REMITIR el expediente CJU-7021 al Juzgado 013 Administrativo de Oralidad de Bogotá, Sección Segunda, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado 011 Laboral del Circuito de Bogotá.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.