Micelio
Auto13 de octubre de 2022

A- de 2022

Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera

Demandante Paez Ariza Jairo Alberto·Demandado Concesion Autopista Bogota - Girardot Sa En Reorganizacion

Tema · dato duro
Conflicto Sobre Responsabilidad Civil Extracontractual.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Civil
  • Conflictos sobre responsabilidad civil extracontractual
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Doce Civil del Circuito de Bogotá y el Juzgado Treinta y Ocho Administrativo Sección Tercera Oral del Circuito de la misma ciudad.

Dicho conflicto se presentó respecto al conocimiento de una demanda declarativa interpuesta por un particular contra la Concesión Autopista Bogotá Girardot S.A., con el fin de que se declare que esta concesión se encontraba a cargo del cuidado de una obra que pasaba por su propiedad y, en consecuencia, se le declare responsable extracontractualmente por los daños en su propiedad en ocasión de dicha obra.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena determinó que, en aplicación de la cláusula residual de competencia de que trata el artículo 15 del Código General del Proceso, la Jurisdicción Ordinaria es la competente para conocer las demandas de responsabilidad extracontractual en contra de un particular responsable de la ejecución de un contrato de concesión, cuando este no ejerce funciones administrativas.

Con base en lo anterior, la Corte decide remitir el expediente al Juzgado Doce Civil del Circuito de Bogotá, para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Doce Civil del Circuito de Bogotá y el Juzgado Treinta y Ocho Administrativo Sección Tercera Oral del Circuito de Bogotá y DECLARAR que el Juzgado Doce Civil del Circuito de Bogotá es la autoridad competente para conocer de la demanda presentada por el señor Jairo Alberto Páez Ariza, mediante apoderado judicial, contra la Concesión Autopista Bogotá Girardot S.A. en reorganización.
  2. Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-1614 al Juzgado Doce Civil del Circuito de Bogotá para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al Juzgado Treinta y Ocho Administrativo Sección Tercera Oral del Circuito de Bogotá.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.