Micelio
Auto11 de septiembre de 2024

A- de 2024

Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera

Demandante Fondo Nacional De Prestaciones Sociales Del Magisterio·Demandado Rengifo Rivas Juliana

Tema · dato duro
Solicitud De Ejecución De Sentencia Condenatoria-Corresponde Conocer Al Juez Que Dictó La Providencia.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Solicitudes de ejecución de obligaciones contenidas en sentencias judiciales proferidas por la Jurisdicción Contencioso Administrativa
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Sexto Administrativo del Circuito de Pereira (Risaralda) y el Juzgado Cuarto Civil Municipal del mismo circuito judicial.

Ocasiona la controversia, una solicitud de ejecución de providencia judicial promovida por la Nación –Ministerio de Educación Nacional, Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio (FOMAG), en contra de una ciudadana, que fue condenada en costas por el Juzgado Sexto Administrativo del Circuito de Pereira, a favor de la entidad demandante.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena, para resolver, acude a la regla de decisión del Auto 008 de 2022, según la cual, el conocimiento de las solicitudes de ejecución de condenas impuestas en sentencias judiciales proferidas por jueces de la jurisdicción de lo contencioso administrativo, formuladas a continuación del proceso en el que se emitieron las condenas cuya ejecución se reclama, corresponde a esa misma jurisdicción de acuerdo con los artículos 298 y 306 del CPACA y el artículo 306 del CGP.

La Corte asigna la competencia a dicha jurisdicción y en consecuencia, dispone el envío del expediente al Juzgado Sexto Administrativo del Circuito de Pereira, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite, así como al Juzgado Cuarto Civil Municipal de Pereira.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de competencia entre jurisdicciones suscitado entre los juzgados
  2. Sexto. Administrativo del Circuito y
  3. Cuarto. Civil Municipal de Pereira en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
  4. Sexto. Administrativo del Circuito de Pereira es la autoridad competente para conocer la solicitud de ejecución presentada por el FOMAG contra Juliana Liliana Rengifo Rivas.
  5. Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-5760 al Juzgado
  6. Sexto. Administrativo del Circuito de Pereira, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite, así como al Juzgado
  7. Cuarto. Civil Municipal de Pereira.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.