Temas y subtemas del fallo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Seguimiento a las órdenes segunda, tercera, cuarta, quinta y sexta de la Sentencia SU.020/22.
Con la precitada providencia la Corte Constitucional declaró la existencia de un estado de cosas inconstitucional en la implementación del componente de garantías de seguridad para la población firmante del Acuerdo Final de Paz en proceso de reincorporación a la vida civil, para sus familias y para quienes integran el nuevo partido político Comunes.
También, para quienes ejercen liderazgo político y social y forman parte de diversos movimientos políticos en su proceso de reincorporación, como resultado de la implementación del punto 2 del Acuerdo Final de Paz, denominado Participación Política: apertura democrática para construir la paz.
Con el presente auto se REQUIRIÓ a la Unidad Nacional de Protección para que allegue a la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia de Unificación, un informe descriptivo sobre las decisiones adoptadas, las acciones desplegadas y los procedimientos adelantados en cumplimiento de las órdenes precitadas, el cual. deberá contener la información detallada respecto del cumplimiento de cada una de las mismas, de acuerdo con los parámetros contenidos en el numeral 26 (literales a- f) de la parte considerativa de este proveído.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- PRIMERO. REQUERIR, por medio de la Secretaría General de esta Corporación, a la Unidad Nacional de Protección- UNP- para que allegue a la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia SU-020 de 2022 un informe descriptivo sobre las decisiones adoptadas, las acciones desplegadas y los procedimientos adelantados en cumplimiento de las órdenes segunda, tercera, cuarta, quinta y sexta de la Sentencia SU-020 de 2022, en el término de quince (15) días hábiles contados a partir de la notificación de esta decisión.
- El informe requerido deberá contener la información detallada respecto del cumplimiento de cada una de estas órdenes, de acuerdo con los parámetros contenidos en el numeral 26 (literales a- f) de la parte considerativa de esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.