Micelio
Auto18 de septiembre de 2025

A- de 2025

Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera

✓Demandante Daniel Eduardo Romero Vitola·Demandado --

✓
Tema · dato duro
Sin Información
01

Temas y subtemas del fallo

✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Corte Constitucional
  • Competencia excepcional para promover cumplimiento de sus sentencias y dar trámite a incidente de desacato
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Solicitudes de seguimiento a la orden sexta de la Sentencia SU.067/22.

Con el precitado resolutivo la Corte decidió apremiar al Consejo Superior de la Judicatura y a la Universidad Nacional de Colombia para que fijaran, con la mayor prontitud, el nuevo cronograma de actividades del concurso y para que, en el desarrollo de estas, actuaran de manera congruente con los principios de la función administrativa, particularmente los postulados de la eficacia y la celeridad.

Los memorialistas le pidieron a la Sala realizar el seguimiento efectivo del cumplimiento de la precitada disposición y reiterar la necesidad urgente de adoptar medidas para garantizar que el proceso de selección culmine conforme a los principios constitucionales que rigen la función administrativa y el acceso a la función pública.

Al revisar el asunto la Corte decidió RECHAZAR las peticiones formuladas, por no cumplir plenamente con el requisito de legitimación por activa.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. RECHAZAR las solicitudes formuladas por el ciudadano Daniel Eduardo Romero Vitola y otros, relacionadas con el seguimiento -cumplimiento- de la orden sexta adoptada en la Sentencia SU-067 de 2022, conforme a lo establecido en la parte motiva de esta decisión.
  2. SEGUNDO. ADVERTIR a las y los solicitantes que contra esta providencia no procede recurso alguno.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.