A- de 2025
Ponente Juan Jacobo Calderón Villegas
✓Demandante Gerson Gregorio Quintero Sanguino·Demandado Fondo Para Reparacion A Las Victimas Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Equivocada interpretación e inobservancia de reglas de reparto y trámite de la acción de tutela
- Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
- Procedimiento preferente y sumario para la protección inmediata de derechos fundamentales
- No puede transcurrir más de diez días entre la solicitud y su resolución
- Competencia residual para dirimir conflictos de competencia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre la Sección Segunda del Consejo de Estado y el Juzgado 50 Civil del Circuito de Bogotá D.C.
Encontró la Corte que en el presente caso solo se presentó un conflicto aparente porque el primer despacho aplicó indebidamente las reglas de reparto contenidas en el Decreto 1069 de 2015.
Se dirimió la controversia con la remisión del expediente la Sección Segunda del Consejo de Estado para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a la que haya lugar.
Por otro laco, consideró la Sala Plena de la Corporación que la jurisprudencia respecto de los conflictos aparentes ha sido inobservada por parte de las autoridades judiciales y que dicha actuación afecta los principios constitucionales de celeridad y eficacia de la administración de justicia.
Concluyó que es inadmisible que después de centenares de reiteraciones y advertencias, los jueces omitan los criterios que se han fijado sobre el particular.
Por lo anterior, se solicitó al Consejo Superior de la Judicatura que, en un término de seis meses contados a partir de la notificación de esta providencia, diseñe y ejecute un Plan de Capacitación encaminado a que todas las autoridades judiciales conozcan y cumplan las reglas reiteradas en este proveído, el cual deberá vincular, adicionalmente, a las oficinas o autoridades encargadas de realizar el reparto.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el Auto del 1 de agosto de 2025 proferido por la Sección Segunda del Consejo de Estado, dentro de la acción de tutela formulada por el señor Gerson Gregorio Quintero Sanguino en contra del Fondo para la Reparación de las Víctimas, de la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas y del "Gerente General del Fondo del Presupuesto General de la Nación para reparar económicamente víctimas del conflicto armado".
- SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC-5119 a la Sección Segunda del Consejo de Estado para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a la que haya lugar.
- TERCERO. SOLICITAR al Consejo Superior de la Judicatura a efectos de que en un término de seis meses contados a partir de la notificación de esta providencia diseñe y ejecute un Plan de Capacitación encaminado a que todas las autoridades judiciales conozcan y cumplan las reglas reiteradas en esta sentencia. Dicho plan deberá vincular, adicionalmente, a las oficinas o autoridades encargadas de realizar el reparto.
- CUARTO. Por Secretaría General, COMUNICAR al accionante y al Juzgado 050 Civil del Circuito de Bogotá D.C. la decisión adoptada en esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.