Micelio
Auto12 de julio de 2023

A- de 2023

Ponente Natalia Ángel Cabo

Demandante De Oficio·Demandado Saenz Mantilla German Dario

Tema · dato duro
Competencia De La Jurisdicción Penal Militar-Conocimiento De Procesos Que Vinculen A Miembros De La Fuerza Pública Por Delitos Cometidos En Relación Con La Prestación Propia Del Servicio
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Penal Militar
  • Conocimiento de procesos que vinculen a miembros de la Fuerza Pública por delitos cometidos en relación con la prestación propia del servicio
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado Juzgado 183 de Instrucción Militar y el Juzgado Tercero Penal Municipal de Popayán.

La controversia se originó con ocasión de un proceso penal adelantado en contra de un miembro de la Fuerza Pública, Policía Nacional, por presunto delito abuso de autoridad por acto arbitrario o injusto.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto de jurisdicciones, la Corte decide que la autoridad competente para conocer del caso planteado es la Jurisdicción Penal Militar de acuerdo con la regla según la cual La justicia penal militar y policial es competente para conocer de un proceso penal cuando la conducta investigada: (i) sea cometida por un miembro de la Fuerza Pública cuando este se encontraba en servicio activo y (ii) esté relacionada de forma directa, próxima y evidente con las facultades asignadas por la Constitución y la ley a las fuerzas militares o policiales, esto es, vinculadas directamente con la función propia o la misión de la institución.

En consecuencia, la Corte ordena el envío del expediente al Juzgado 183 de Instrucción Militar para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado Tercero Penal Municipal de Popayán y a los sujetos procesales interesados en este trámite.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicción entre el Juzgado 183 de Instrucción Militar y el Juzgado
  2. Tercero. Penal Municipal de Popayán en el sentido de DECLARAR que la jurisdicción militar, representada por el Juzgado 183 de Instrucción Militar, es la autoridad competente para conocer del proceso que se adelanta por el delito de abuso de autoridad en contra del Mayor Germán Darío Sáenz Montilla, en el que figura como denunciante el señor Gentil Arturo Gallardo Gallardo.
  3. Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-3602 a Juzgado 183 de Instrucción Militar para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado
  4. Tercero. Penal Municipal de Popayán y a los sujetos procesales interesados en este trámite.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.