Micelio
Auto12 de julio de 2023

A- de 2023

Ponente Cristina Pardo Schlesinger

Demandante Empresa De Energia De Casanare Enerca Sa Esp·Demandado Bernal Meche Eliza Marlen

Tema · dato duro
Proceso Judicial Para Cobro De Factura Por Prestación De Servicio Público.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Civil
  • Proceso judicial para cobro de facturas por prestación de servicios públicos
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 01 Civil Municipal de Yopal, y el Juzgado 02 Administrativo Oral de esa misma ciudad.

La controversia entre los Despachos tuvo lugar por causa de demanda ejecutiva por parte de la Empresa de energía de Casanare en contra de una ciudadana, a través de la cual pretende que se libre mandamiento de pago a favor de ENERCA en virtud de un acuerdo de pago al que llegaron las partes por contraprestación del servicio público de distribución de energía eléctrica.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena reiteró las reglas planteadas en Autos 708 de 2021 y 879 de 2023 según los cuales, de los procesos ejecutivos donde se pretendan cobrar facturas en el marco de un contrato de prestación de servicios públicos domiciliarios, de conformidad con el artículo 130 de la Ley 142 de 1994, el cual fue reformado por el artículo 18 de la Ley 689 de 2001”, serán de conocimiento de la Jurisdicción Ordinaria.

Por consiguiente, la Corte decide remitir el expediente al Juzgado 01 Civil municipal de Yopal, para lo de su competencia, y para que notifique esta decisión a las partes interesadas y comunique esta decisión al Juzgado 02 administrativo oral de Yopal.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de competencia entre la Jurisdicción de lo contencioso-administrativo y la Jurisdicción Ordinaria en el sentido de DECLARAR que corresponde a la Ordinaria el conocimiento de la demanda ejecutiva de ENERCA en contra de Eliza Marlen Bernal Meche, mediante la cual está exigiendo el pago de unas deudas derivadas del contrato de servicios públicos domiciliarios.
  2. Segundo. REMITIR el expediente CJU-3513 al Juzgado 01 Civil municipal de Yopal, para lo de su competencia, y para que -en la etapa procesal que corresponda- notifique esta decisión a las partes interesadas. Asimismo, SE LE SOLICITA que comunique esta decisión al Juzgado 02 administrativo oral de Yopal.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.