Micelio
Auto13 de abril de 2016

A- de 2016

Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub

Demandante Donaldo Truyol Gil·Demandado Saludcoop E.Ps. Y Otros

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Carácter residual y subsidiario
Juez Constitucional
  • No tiene competencia para cambiar la naturaleza de la acción y debe proceder de manera inmediata a resolver de fondo
Corte Constitucional
  • Conocimiento y resolución directa de conflictos de competencia aunque exista superior jerárquico común
Superintendencia Nacional De Salud
  • Funciones jurisdiccionales
5 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia entre el Juzgado Tercero Civil del Circuito de Barranquilla y la Superintendencia Delegada para la Función Jurisdiccional y de Conciliación de la Superintendencia Nacional de Salud.

Considera la Corte que el precitado despacho judicial tenía el deber de dar trámite a la segunda instancia de la acción de tutela de la referencia, ya que no podía sustentar su falta de competencia en el alcance de los artículos 41 de la Ley 1122 de 2007 y 126 de la ley 1438 de 2011.

Lo anterior, porque la primera instancia ya se había surtido y porque ordenar la nulidad de todo lo actuado para reiniciar el trámite ante la Superintendencia Nacional de Salud supone un desgaste de tiempo en detrimento de los derechos fundamentales del actor, lo que puede agravar su condición médica e incluso comprometer su vida o su integridad persona.

Se soluciona el asunto ordenando la remisión del expediente al Juzgado Tercero Civil del Circuito de Barranquilla, para que de forma inmediata tramite y profiera decisión de segunda instancia, conforme a las previsiones del artículo 86 de la Constitución y del Decreto 2591 de 1991.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS la decisión de fecha seis (6) de mayo de dos mil quince (2015), mediante el cual el Juzgado
  2. Tercero. Civil del Circuito de Barranquilla se declaró sin competencia para conocer de la acción de tutela interpuesta por el señor Donaldo Truyol Gil.
  3. Segundo. REMITIR el expediente al Juzgado
  4. Tercero. Civil del Circuito de Barranquilla para que tramite en segunda instancia la acción referida.
  5. Tercero. Por secretaría General, COMUNICAR a la Superintendencia Delegada para la Función Jurisdiccional y de Conciliación de la Superintendencia Nacional de Salud lo resuelto por esta Corporación.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.