Micelio
Auto9 de febrero de 2023

A- de 2023

Ponente Juan Carlos Cortés González

Demandante Emcali Eice Esp·Demandado Gallego Giraldo Sonia

Tema · dato duro
Acción De Lesividad Promovida Por Entidad Pública Contra Acto Administrativo Mediante El Cual Concedió Prestación Pensional
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Acción de nulidad y restablecimiento del derecho de un acto administrativo propio
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto negativo de competencia entre jurisdicciones, suscitado entre el Tribunal Administrativo de San Andrés, Providencia y Santa Catalina y el Juzgado 14 Laboral del Circuito de Cali.

La controversia se dio con ocasión de una acción de nulidad y restablecimiento del derecho interpuesta por las Empresas Municipales de Cali E.S.P., en contra de una resolución por la cual se reconoció la pensión de vejez a un particular.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena determinó que, cuando la administración demanda un acto que ella expida, en ejercicio de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho, el estudio del asunto será competencia de la jurisdicción de lo contencioso administrativo.

Lo anterior, incluso, si la demanda se presentó en vigencia del CCA, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 73, 82 y 136 de esa normativa, en concordancia con el artículo 308 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Con base en lo anterior, la Corte decide remitir el expediente al Tribunal Administrativo de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de competencia entre jurisdicciones suscitado por el Tribunal Administrativo de San Andrés, Providencia y Santa Catalina y el Juzgado 14 Laboral del Circuito de Cali. En consecuencia, DECLARAR que corresponde al Tribunal Administrativo de San Andrés, Providencia y Santa Catalina conocer del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho contra acto propio, presentado por Empresas Municipales de Cali - EMCALI en contra de Sonia Gallego Giraldo.
  2. SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-2208 al Tribunal Administrativo de San Andrés, Providencia y Santa Catalina para lo de su competencia y para que comunique la presente providencia al Juzgado 14 Laboral del Circuito de Cali y a los interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.