Micelio
Auto12 de julio de 2023

A- de 2023

Ponente José Fernando Reyes Cuartas

Demandante Ministerio De Educacion Fondo Nacional De Prestaciones Sociales Del Magisterio·Demandado Carrillo Mayorga Jhon Alexander

Tema · dato duro
Inexistencia De Conflicto De Competencia Entre Jurisdicciones-Incumplimiento Del Presupuesto Normativo-El Juez Civil No Expuso Razones Jurídicas Que Justifiquen Su Falta De Jurisdicción En El Asunto.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 16º Civil Municipal de Medellín y el Juzgado 2º Administrativo Oral del Circuito de la misma ciudad.

La controversia objeto de la presente decisión se enmarca en una solicitud de ejecución de providencia promovida por el FOMAG contra un ciudadano.

Este Tribunal constata que dicha controversia no configura un conflicto de competencia entre jurisdicciones.

Aunque este satisface los presupuestos subjetivo y objetivo, no supera el presupuesto normativo, por cuanto el juez civil no expuso razones jurídicas que de algún modo justifiquen su falta de jurisdicción.

Por el contrario, dicha autoridad judicial manifestó con claridad que no contaba con los elementos para determinar su falta de competencia, debido a que no le fue posible acreditar la existencia de un título ejecutivo base del recaudo.

En consecuencia, la Sala Plena se declarará inhibida para decidir sobre el presente asunto y ordenará el envío del expediente al Juzgado 2º Administrativo Oral del Circuito de Medellín para que (i) si lo considera, proceda a remitir los documentos solicitados por el Juzgado 16 Civil Municipal de Medellín; (ii) de ser el caso, esta última autoridad promueva el conflicto de jurisdicciones y, por último, (iii) comunique la presente decisión a los interesados.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre la controversia planteada entre el Juzgado 16º Civil Municipal de Medellín y el Juzgado 2º Administrativo Oral del Circuito de la misma ciudad, para conocer de la solicitud de ejecución de providencia promovida por el FOMAG contra el señor John Alexander Carrillo Mayorga.
  2. Segundo. REMITIR el expediente CJU-3192 al Juzgado 2º Administrativo Oral del Circuito de Medellín para que (i) si lo considera, proceda a remitir los documentos solicitados por el Juzgado 16º Civil Municipal de Medellín; (ii) de ser el caso, esta última autoridad promueva el conflicto de jurisdicciones y, por último, (iii) comunique la presente decisión a los interesados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.