Micelio
Auto12 de julio de 2023

A- de 2023

Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo

Demandante Quintero Henao Zoraida·Demandado Municipio De Buga

Tema · dato duro
Demanda En La Que Se Solicita El Reconocimiento De Derechos Laborales A La Empresa Temporal Y/O A La Usuaria, Cuando Esta Última Es Una Entidad Pública Cuya Regla General De Vinculación Es La De Empleado Público.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Controversias en relaciones laborales con empresas de servicios temporales cuando la entidad pública es usuaria y la regla de vinculación es de empleado público
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado por el Juzgado Tercero Administrativo de Oralidad del Circuito de Buga (Valle) y Juzgado Primero Laboral del Circuito de Guadalajara de Buga (Valle).

La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en la acción de nulidad y restablecimiento del derecho que interpuso una ciudadana en contra del municipio de Guadalajara de Buga y otras entidades, buscando la declaratoria de nulidad del acto administrativo mediante el cual se le negó la solicitud de reintegro, así como la declaratoria de existencia de una relación laboral entre las partes y el reintegro, sin solución de continuidad, al cargo que desempeñaba en la entidad.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones se reiteró la regla de decisión del Auto 252 de 2022 mediante la cual se estableció que, corresponde a la jurisdicción de lo contencioso administrativo conocer de las demandas en las que, en el marco de una relación laboral con una empresa temporal, se solicita el reconocimiento de derechos laborales -salariales y prestacionales- tanto a la empresa temporal como a la usuaria, cuando quiera que esta última (i) sea una entidad pública cuya regla general de vinculación sea la de empleado público, y (ii) dentro del trámite no pueda desvirtuarse prima facie tal parámetro de vinculación.

Con base en lo anterior se remite el expediente al Juzgado Tercero Administrativo de Oralidad del Circuito de Buga para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y a las autoridades judiciales involucradas.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
  2. Tercero. Administrativo de Oralidad del Circuito de Buga y el Juzgado
  3. Primero. Laboral del Circuito de Guadalajara de la misma ciudad, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
  4. Tercero. Administrativo de Oralidad del Circuito de Buga es la autoridad competente para conocer del proceso promovido por por la señora Zorayda Quintero Henao contra el municipio de Guadalajara de Buga, Servicios Integrados de Tránsito y Transporte y Talento Humano Temporales S.A.S.
  5. SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-2947 al Juzgado
  6. Tercero. Administrativo de Oralidad del Circuito de Buga para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y a las autoridades judiciales involucradas.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.