Micelio
Auto21 de septiembre de 2004

A- de 2004

Ponente Alfredo Beltrán Sierra

Demandante Alex Efrén Curiel Gomez

Tema · dato duro
Conflicto De Competencia. Tribunal Superior Del Distrito Judicial De Riohacha Y El Consejo Superior De La Judicatura
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se remitió el expediente contentivo de la tutela promovida por el ciudadano de la referencia al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Riohacha para que tramite y decida conforme a Derecho, toda vez que la Corte encontró que en este caso, el trámite y decisión de esta acción de tutela no puede adelantarse por el Consejo Superior de la Judicatura –Sala Jurisdiccional Disciplinaria-, pues esta no actúa por conducto de Salas de Decisión o de Sección o Subsección ya que no han sido creadas hasta el momento, razón por la cual si por aquella se resolviera esta acción de tutela, quedaría privada la decisión de la segunda instancia que establece el Art. 86 de la Constitución.

Por ello, de acuerdo con esta norma y con lo preceptuado por el Art. 37 del Decreto 2591 de 1991, si el actor dirigió la acción de tutela de la referencia al referido Tribunal es a este al que le corresponde la tramitación de la misma.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. En merito de lo expuesto, la Corte Constitucional, en Sala Plena,
  2. RESUELVE:
  3. Remitase el expediente contentivo de la accion de tutela promovida por el ciudadano Alex Efren Curiel Gomez, al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Riohacha, para que la tramite y decida conforme a Derecho.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoJaime Araujo Rentería
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.