A- de 2023
Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar
✓Demandante Reyes Rico Manuel Antonio·Demandado Administradora Colombiana De Pensiones Colpensiones
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Conflictos sobre sistema de seguridad social integral de trabajadores oficiales, independientes o del sector privado
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia entre jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Catorce Administrativo Oral de Cali y el Tribunal Superior de Cali, Sala Primera Laboral.
La controversia fue originada por una demanda ordinaria laboral iniciada por un ciudadano en contra de la Administradora Colombiana de Pensiones – Colpensiones, con el propósito de obtener el reconocimiento y pago de su pensión de vejez como beneficiario del régimen de transición, desde el momento de su causación.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena reitera la regla del Auto 746 de 2021 en virtud del cual la Jurisdicción Ordinaria en su especialidad laboral y de la seguridad social es la competente para conocer un proceso promovido por un trabajador del sector privado para obtener el reconocimiento y pago de una pensión de vejez.
Lo anterior, porque si bien una persona de derecho público administra el régimen de seguridad social aplicable al demandante, este no ostentó la calidad de empleado público en su última vinculación laboral.
En virtud de lo anterior la Corte dispuso el envío del expediente al Tribunal Superior de Distrito Judicial de Cali, Sala Primera Laboral para que adelante las funciones de su competencia y para que comunique la presente decisión.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicción que se suscitó entre el Juzgado Catorce Administrativo Oral de Cali y el Tribunal Superior de Distrito Judicial de Cali, Sala Primera Laboral, en el sentido de DECLARAR que el Tribunal Superior de Distrito Judicial de Cali, Sala Primera Laboral es la autoridad competente para conocer del proceso judicial promovido por Colpensiones.
- SEGUNDO. Por Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-2699 al Tribunal Superior de Distrito Judicial de Cali, Sala Primera Laboral para que adelante las funciones de su competencia y para que comunique la presente decisión.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.