Micelio
Auto25 de marzo de 2021

A- de 2021

Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo

Demandante Vilma Graciela Martinez Rivera

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Incidente De Recusacion
  • Condiciones formales y materiales
Recusacion Contra Magistrados En Proceso De Constitucionalidad
  • Competencia de la Sala Plena de la Corte Constitucional
  • Rechazar por impertinente
4 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Recusación formulada en contra de los magistrados de la Sala Plena de la Corte Constitucional.

Luego de analizar el escrito presentado por la recurrente concluyó la Sala que éste resulta inoportuno y carente del rigor argumentativo requerido para evidenciar la configuración de alguna causal de recusación.

Consecuentemente con la anterior, se RECHAZA por falta de pertinencia la recusación formulada en contra de las Magistradas Diana Fajardo Rivera, Paola Andrea Meneses Mosquera, Gloria Stella Ortiz Delgado y Cristina Pardo Schlesinger, y de los Magistrados Jorge Enrique Ibáñez Najar, Alejandro Linares Cantillo, Antonio José Lizarazo Ocampo, José Fernando Reyes Cuartas y Alberto Rojas Ríos.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. RECHAZAR por falta de pertinencia la recusacion presentada por la ciudadana Vilma Graciela Martinez Rivera en el proceso No. D-13956, en contra de las Magistradas Diana Fajardo Rivera, Paola Andrea Meneses Mosquera, Gloria Stella Ortiz Delgado y Cristina Pardo Schlesinger, y los Magistrados Jorge Enrique Ibanez Najar, Alejandro Linares Cantillo, Antonio Jose Lizarazo Ocampo, Jose Fernando Reyes Cuartas y Alberto Rojas Rios, por las razones expuestas en este auto.
  2. Segundo. Contra esta providencia no procede recurso alguno.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.