Micelio
Auto14 de septiembre de 2022

A- de 2022

Ponente Cristina Pardo Schlesinger

Demandante Andrelly Carvajal Bedoya·Demandado Alcaldía Del Distrito Especial De Santiago De Cali €? Secretaría De Movilidad €?

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Promiscuo Municipal de Nilo (Cundinamarca) y el Juzgado Sexto Civil Municipal de ejecución de sentencias de Santiago de Cali.

Encontró la Sala Plena que en el presente caso no se presentó conflicto alguno, en la media en que el primer despacho adujo que no era competente para conocer de la acción de tutela deprecada, mientras que el otro juzgado indicó que no estaba de acuerdo con los argumentos planteados y aseguró de manera expresa que no iba a plantear un aparente conflicto de competencia y resolvió avocar conocimiento del asunto.

No obstante, remitió copia de la anterior providencia y sus anexos a la Corte Constitucional y a la Presidencia del Tribunal Superior de Cundinamarca, para lo que consideraran pertinente. respecto de la declaración de incompetencia por el factor territorial y reglas de reparto, por parte de la funcionaria remitente.

Se recuerda que el análisis de la Corte en el marco de la resolución de los conflictos de competencia en materia de tutela requiere que la controversia de tipo procesal sea suscitada por, al menos, dos autoridades judiciales, lo que no ocurre en el asunto de la referencia, pues no existen dos despachos que hayan rehusado dar trámite a la acción de amparo invocada.

Ello, por cuanto el Juzgado Sexto Civil Municipal de ejecución de sentencias de Santiago de Cali estimó ser competente para tramitar el proceso, emitió auto admisorio e incluso profirió sentencia de primera instancia.

Con base en lo anterior, la Sala Plena se ABSTUVO de pronunciarse sobre el asunto.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. ABSTENERSE de pronunciarse sobre el aparente conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Promiscuo Municipal de Nilo (Cundinamarca) y el Juzgado
  2. Sexto. Civil Municipal de ejecución de sentencias de Santiago de Cali, dentro de la acción de tutela interpuesta por Andrelly Carvajal Bedoya en contra la Secretaría de Movilidad de Santiago de Cali.
  3. Segundo. REMITIR el expediente ICC-4250 al Juzgado
  4. Sexto. Civil Municipal de ejecución de sentencias de Santiago de Cali.
  5. Tercero. Por la Secretaría General de esta Corporación, COMUNICAR la decisión adoptada en esta providencia a las partes y al Juzgado Promiscuo Municipal de Nilo (Cundinamarca).
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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