Micelio
Auto12 de julio de 2023

A- de 2023

Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo

Demandante Ramirez De Lopez Elda De Jesus·Demandado Municipio De Montebello Antioquia

Tema · dato duro
Conflicto Sobre Sistema De Seguridad Social Integral De Trabajadores Oficiales, Independientes O Del Sector Privado.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Laboral
  • Conflictos sobre sistema de seguridad social integral de trabajadores oficiales, independientes o del sector privado
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Veintisiete Administrativo Oral del Circuito de Medellín y el Juzgado Promiscuo del Circuito de Santa Bárbara (Antioquia).

La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho que inició una ciudadana en contra del municipio de Montebello, con el ánimo de que se declarara la nulidad del acto administrativo mediante el cual se le negó la pensión de sobrevivientes que reclamó con ocasión del fallecimiento de su cónyuge, por causas de origen profesional.

Luego de verificar el cumplimiento de los requisitos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones se aplicó la regla de decisión del Auto 949 de 2022 a través de la cual se estableció que, en virtud de lo establecido en el artículo 2.4 del Código Procesal del Trabajo y el artículo 12 de la Ley 270 de 1996, la jurisdicción ordinaria laboral es la competente para conocer un proceso promovido por el cónyuge supérstite de un trabajador oficial, en el que se pretenda el reconocimiento y pago de la pensión de sobreviviente.

Con base en lo anterior se remitió el expediente a la Oficina de Reparto de los Juzgados Laborales del Circuito de Medellín para que, de manera inmediata, proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y a los dos operadores jurídicos involucrados en este asunto.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Veintisiete Administrativo Oral del Circuito de Medellín y el Juzgado Promiscuo del Circuito de Santa Bárbara y DECLARAR que la jurisdicción ordinaria, en su especialidad laboral es la autoridad competente para conocer la demanda presentada por la señora Elda de Jesús Ramírez de López, en contra del municipio de Montebello.
  2. Segundo. REMITIR el expediente CJU-3100 a la Oficina de Reparto de los Juzgados Laborales del Circuito de Medellín para que, de manera inmediata, proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y a los Juzgados Promiscuo del Circuito de Santa Bárbara y Veintisiete Administrativo Oral del Circuito de Medellín.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.