Micelio
Auto12 de julio de 2023

A- de 2023

Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar

Demandante De Oficio Procesado J. A. T. A.·Demandado J. A. T. A.

Tema · dato duro
Inexistencia De Conflicto De Competencia Entre Jurisdicciones-Incumplimiento Del Presupuesto Subjetivo
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre la Fiscalía 53 de Infancia y Adolescencia de Ipiales y el Cabildo Indígena del Gran Cumbal.

La controversia se dio por causa de la investigación y juzgamiento por presunta comisión del delito de acceso carnal abusivo con menor de 14 años.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena advierte, a partir de la regla fijada en el Auto 1152 de 2021, que en el presente caso, al no estar la Fiscalía legitimada para promover un conflicto de competencia frente a la autoridad indígena, se constata que no se cumple con el presupuesto subjetivo, razón por la cual la Corte se declara inhibida para decidir y remite el expediente a la Fiscalía 53 de Infancia y Adolescencia de Ipiales para que continúe con el trámite de la investigación penal correspondiente y para que comunique la presente decisión a las partes e intervinientes.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. PRIMERO. Declararse INHIBIDA para emitir un pronunciamiento sobre la controversia suscitada por la Fiscalía 53 de Infancia y Adolescencia de Ipiales y el Cabildo Indígena del Gran Cumbal, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente providencia.
  2. SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General de esta Corporación, REMITIR el expediente CJU-3019 a la Fiscalía 53 de Infancia y Adolescencia de Ipiales para que continúe con el trámite de la investigación penal correspondiente y para que comunique la presente decisión a las partes e intervinientes.
  3. TERCERO. ORDENAR a la Fiscalía 53 de Infancia y Adolescencia de Ipiales que solicite al juez de conocimiento o de control de garantías la realización de una audiencia innominada, para que este último, en el marco de sus atribuciones, defina si reclamará la competencia para conocer del presente proceso.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
AclaraciónJuan Carlos Cortés González
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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