Micelio
Auto4 de septiembre de 2025

A- de 2025

Ponente Juan Carlos Cortés González

Demandante Rios Castaño Juan Manuel·Demandado Grisales Guzman Carlos Fernando

Tema · dato duro
Inexistencia De Conflicto Entre Jurisdicciones-Elemento Subjetivo-No Existe Controversia Entre Dos Autoridades.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto suscitado por el Juzgado 008 Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de Manizales, por causa de hechos ocurridos el 12 de diciembre de 2018, durante una audiencia de preclusión adelantada en un proceso penal, seguido contra una ciudadana, en el curso de la cual, un abogado, presuntamente refirió expresiones injuriosas en contra de otro.

Al analizar los presupuestos configurativos del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena advierte que en este caso no se configuró un conflicto de tal naturaleza, por cuanto no se encuentra acreditado el presupuesto subjetivo.

Lo anterior, en razón a que verificado el expediente: (i) el asunto fue conocido de manera inicial por el Juzgado 001 Penal Municipal con Función de Conocimiento de Manizales, autoridad que lo remitió erróneamente a la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado; (ii) mediante control de legalidad el Juzgado 008 Penal Municipal con Función de Conocimiento de Manizales anuló la remisión hecha al Consejo de Estado, declaró la falta de competencia, suscitó el conflicto y remitió el asunto a esta Corporación y (iii) no existe una autoridad judicial perteneciente a otra jurisdicción que reclame o niegue la competencia para conocer la demanda.

La Sala se declara inhibida para conocer de fondo sobre el asunto y resuelve remitir el expediente al Juzgado 008 Penal Municipal con Función de Conocimiento de Manizales para lo de su competencia.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. Declararse INHIBIDA para resolver el aparente conflicto de competencia entre jurisdicciones remitido por el Juzgado 008 Penal Municipal con Función de Conocimiento de Manizales, respecto del expediente en que se tramita la acusación presentada por la Fiscalía General de la Nación en contra de Carlos Fernando Grisales Guzmán.
  2. SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, REMITIR el expediente CJU-6934 al Juzgado 008 Penal Municipal con Función de Conocimiento de Manizales para lo de su competencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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