Micelio
Auto12 de julio de 2023

A- de 2023

Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo

Demandante Briceño Maria Del Carmen·Demandado Policia Metropolitana De Barranquilla

Tema · dato duro
Declaración De Existencia De Relación Laboral Con Entidad Pública Cuya Regla General De Vinculación Sea La De Empleado Público, Sin Ser Posible Desvirtuar Su Aplicación.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Vinculacion Laboral Con El Estado
  • Situación legal y reglamentaria
Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Controversias sobre declaratoria de existencia de vinculación laboral propia de un empleado público
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 7 Laboral del Circuito de Barranquilla y el Juzgado 4 Administrativo del Circuito de Barranquilla.

La controversia fue generada por demanda ordinaria laboral contra la Policía Metropolitana de Barranquilla, mediante la cual solicita declarar la existencia de una relación de trabajo entre la demandante y la demandada y se condene a la accionada a pagar la indemnización por despido injustificado, así como los salarios y las prestaciones sociales adeudadas.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena decide asignar la competencia a la Jurisdicción Contencioso Administrativa, siguiendo la regla establecida en Auto 1360 de 2022, y las referencias de los Autos 863 de 2021 y 441 de 2022, según la cual tal jurisdicción es la competente para conocer las demandas en las que se solicita declarar la existencia de una relación de trabajo con una entidad pública cuya regla general de vinculación sea la de empleado público y no sea posible establecer, prima facie, que las funciones que desempeñó el demandante sean de aquellas taxativamente contempladas para quienes ostentan la categoría de trabajadores oficiales.

Por consiguiente, decide remitir el expediente al Juzgado 4 Administrativo del Circuito de Barranquilla para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado 7 Laboral del Circuito de Barranquilla y a los interesados en este asunto.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 7 Laboral del Circuito de Barranquilla y el Juzgado 4 Administrativo del Circuito de Barranquilla, en el sentido de DECLARAR que corresponde al Juzgado 4 Administrativo del Circuito de Barranquilla conocer sobre la demanda presentada por la señora María del Carmen Briceño contra la Policía Metropolitana de Barranquilla.
  2. SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-2628 al Juzgado 4 Administrativo del Circuito de Barranquilla para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado 7 Laboral del Circuito de Barranquilla y a los interesados en este asunto.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.