Micelio
Auto13 de agosto de 2024

A- de 2024

Ponente Natalia Ángel Cabo

Demandante Bertha Lidia Ortiz Pasminio·Demandado Instituto Geografico Agustin Codazzi (Igac)

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto De Competencia En Tutela
  • Se remite el expediente al despacho judicial que en primer lugar conoció el asunto
Conflicto Negativo De Competencia En Tutela Por Factor Territorial
  • Competencia del lugar donde ocurrió la violación o donde tiene efectos
Competencia A Prevención En Tutela
  • En aquellos casos donde varios despachos judiciales tengan competencia para conocer de la solicitud de amparo, los jueces o tribunales deben respetar la elección adoptada por el accionante
Corte Constitucional
  • Competencia residual para dirimir conflictos de competencia
4 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Segundo Administrativo de Pasto y el Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de Puerto Asís (Putumayo).

La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en las diferentes interpretaciones del factor territorial.

Ambas autoridades presentaron una serie de argumentos relacionados con el lugar donde se presentó y tuvo sus efectos la vulneración de derechos alegados por la parte demandante.

Teniendo en cuenta que los dos juzgados son competentes para conocer la solicitud de amparo, la Corte dio prevalencia a la elección hecha por el accionante, en virtud de la cláusula de competencia territorial a prevención.

Con base en lo anterior se remitió el expediente al Juzgado Segundo Administrativo de Pasto para que, de forma inmediata, tramite y adopte la decisión a que haya lugar.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto proferido el 16 de julio de 2024 por el Juzgado
  2. Segundo. Administrativo de Pasto dentro de la acción de tutela presentada en contra del Instituto Geográfico Agustín Codazzi - IGAC.
  3. Segundo. REMITIR al Juzgado
  4. Segundo. Administrativo de Pasto el expediente ICC-4737 para que, de forma inmediata, tramite y adopte la decisión a que haya lugar en relación con la acción de tutela interpuesta por la señora Bertha Lidia Ortiz Pasminio en contra del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC).
  5. Tercero. Por intermedio de la Secretaría General de la Corporación, COMUNICAR la decisión adoptada en esta providencia a la parte accionante y al Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de Puerto Asís, Putumayo.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.