A- de 2022
Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar
✓Demandante Suarez Santos Denys·Demandado Alcaldía De San Antero - Córdoba
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Situación legal y reglamentaria
- Controversias sobre declaratoria de existencia de vinculación laboral propia de un empleado público
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado 7 Administrativo del Circuito de Montería y el Juzgado Civil del Circuito de Lorica, Córdoba.
La controversia se presentó respecto a una demanda laboral interpuesta por un particular, en contra del Municipio de San Antero Córdoba, con el fin de que se declare la existencia de un contrato laboral a término fijo y en consecuencia el pago de las prestaciones sociales adeudadas.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones.
La Sala Plena determinó que La Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo es la competente para conocer las demandas en las que se solicita declarar la existencia de una relación laboral con una entidad pública que tiene como regla general de vinculación la de empleado público; y con un análisis, a primera vista, de las funciones del demandante no es posible evidenciar la naturaleza de su vínculo.
Con base a lo anterior, la Corte remitió el expediente al Juzgado 7 Administrativo del Circuito de Montería, para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de competencia suscitado entre el el Juzgado 7 Administrativo del Circuito de Montería y el Juzgado Civil del Circuito de Lorica, Córdoba, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 7 Administrativo del Circuito de Montería es la autoridad competente para conocer de la demanda laboral promovida por Denys Suárez Santos en contra de la Alcaldía Municipal de San Antero, Córdoba, que se identifica con el número de radicado 23001333300720200006800.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-825 al Juzgado 7 Administrativo del Circuito de Montería para que adelante las actuaciones pendientes de su competencia, y para que comunique la presente decisión al Juzgado Civil del Circuito de Lorica, Córdoba y a los sujetos procesales, incluidas las sucesiones procesales a que haya lugar dentro del trámite judicial correspondiente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.