Micelio
Auto10 de febrero de 2022

A- de 2022

Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo

Tema · dato duro
Litigio De Pago Por Consignación Derivado De Un Contrato Estatal.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Controversias relacionadas con un contrato estatal
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 63 Civil Municipal de Bogotá y el Juzgado 58 Administrativo del Circuito de la misma ciudad.

La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en una demanda ordinaria de pago por consignación que presentó el municipio de Zipaquirá en contra de INVIAS, con el propósito de que se le declare a la demandada renuente a recibir los recursos no ejecutados de un Convenio Administrativo y se le ordene aceptar la oferta de pago, así como autorizarla a hacer el pago en la forma de depósito judicial Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte determinó que la competencia judicial para conocer los litigios de pago por consignación derivados de un contrato estatal, le corresponde a los jueces administrativos por virtud de lo señalado en el artículo 104 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 75 de la Ley 80 de 1993.

Con base en lo anterior ordenó el envío del expediente al l Juzgado 58 Administrativo del Circuito de Bogotá, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al otro operador jurídico involucrado y a los sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (21 puntos)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo entre jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 63 Civil Municipal de Bogotá y el Juzgado 58 Administrativo del Circuito de la misma ciudad, en el sentido de DECLARAR que corresponde al Juzgado 58 Administrativo del Circuito de Bogotá conocer el proceso iniciado por el municipio de Zipaquirá en contra del INVIAS, de acuerdo con las consideraciones del presente auto.
  2. SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-447 al Juzgado 58 Administrativo del Circuito de Bogotá, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado 63 Civil Municipal de Bogotá y a los sujetos procesales interesados en este trámite.
  3. CRISTINA PARDO SCHLESINGER
  4. Presidenta
  5. DIANA FAJARDO RIVERA
  6. Magistrada
  7. JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR
  8. Magistrado
  9. ALEJANDRO LINARES CANTILLO
  10. Magistrado
  11. ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO
  12. Magistrado
  13. PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
  14. Magistrada
  15. GLORIA STELLA ORTIZ DELGADO
  16. Magistrada
  17. JOSÉ FERNANDO REYES CUARTAS
  18. Magistrado
  19. ALBERTO ROJAS RÍOS
  20. Magistrado
  21. MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.