A- de 2023
Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo
✓Demandante Instituto Nacional Penitenciario Y Carcelario Inpec·Demandado Paez Guerra Victor Manuel
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Controversias sobre procesos ejecutivos originados en condenas impuestas por la Jurisdicción Contencioso Administrativa
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 9 Administrativo del Circuito de Medellín y el Juzgado 18 Civil del Circuito de Medellín.
La controversia surgió por demanda ejecutiva iniciada por el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - INPEC contra un ciudadano, en la que se pretende que se libre mandamiento de pago por las sumas adeudadas de acuerdo a condena impuesta por juzgado administrativo, más los intereses y se condene en costas y agencias en derecho al accionado.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena considera aplicar la regla de decisión del Auto 008/22, según la cual, el conocimiento de las solicitudes de ejecución de condenas impuestas en sentencias judiciales proferidas por jueces de la jurisdicción de lo contencioso administrativo, formuladas a continuación del proceso en el que se emitieron las condenas cuya ejecución se reclama, corresponde a esa misma jurisdicción de acuerdo con los artículos 298 y 306 del CPACA y el artículo 306 del CGP.
Con base en lo anterior, la Corte decide remitir el expediente al Juzgado 9 Administrativo del Circuito de Medellín, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado 18 Civil del Circuito de Medellín y a los interesados en este asunto.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 18 Civil del Circuito de Medellín y el Juzgado 9 Administrativo del Circuito de Medellín, en el sentido de DECLARAR que al Juzgado 9 Administrativo del Circuito de Medellín le corresponde conocer sobre la demanda presentada por el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - INPEC contra el señor Víctor Manuel Páez Guerra.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-3701 al Juzgado 9 Administrativo del Circuito de Medellín, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado 18 Civil del Circuito de Medellín y a los interesados en este asunto.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.