Micelio
Auto12 de julio de 2023

A- de 2023

Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo

Demandante Instituto Nacional Penitenciario Y Carcelario Inpec·Demandado Paez Guerra Victor Manuel

Tema · dato duro
Ejecución De Condenas Impuestas Por La Jurisdicción Contencioso Administrativa Dentro Del Mismo Proceso En Que Fueron Dictadas.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Controversias sobre procesos ejecutivos originados en condenas impuestas por la Jurisdicción Contencioso Administrativa
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 9 Administrativo del Circuito de Medellín y el Juzgado 18 Civil del Circuito de Medellín.

La controversia surgió por demanda ejecutiva iniciada por el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - INPEC contra un ciudadano, en la que se pretende que se libre mandamiento de pago por las sumas adeudadas de acuerdo a condena impuesta por juzgado administrativo, más los intereses y se condene en costas y agencias en derecho al accionado.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena considera aplicar la regla de decisión del Auto 008/22, según la cual, el conocimiento de las solicitudes de ejecución de condenas impuestas en sentencias judiciales proferidas por jueces de la jurisdicción de lo contencioso administrativo, formuladas a continuación del proceso en el que se emitieron las condenas cuya ejecución se reclama, corresponde a esa misma jurisdicción de acuerdo con los artículos 298 y 306 del CPACA y el artículo 306 del CGP.

Con base en lo anterior, la Corte decide remitir el expediente al Juzgado 9 Administrativo del Circuito de Medellín, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado 18 Civil del Circuito de Medellín y a los interesados en este asunto.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 18 Civil del Circuito de Medellín y el Juzgado 9 Administrativo del Circuito de Medellín, en el sentido de DECLARAR que al Juzgado 9 Administrativo del Circuito de Medellín le corresponde conocer sobre la demanda presentada por el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - INPEC contra el señor Víctor Manuel Páez Guerra.
  2. SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-3701 al Juzgado 9 Administrativo del Circuito de Medellín, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado 18 Civil del Circuito de Medellín y a los interesados en este asunto.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
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Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.