A- de 2023
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
✓Demandante Castro Parra Juan Carlos·Demandado Subred Integrada De Servicios De Salud Hospital Engativa
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Relaciones laborales encubiertas en contratos estatales de prestación de servicios
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Cincuenta y Cinco Administrativo Oral del Circuito de Bogotá y el Juzgado Quince Laboral del Circuito de la misma ciudad.
La controversia entre los precitados despachos se originó en la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho que interpuso un ciudadano en contra de la Subred integrada de Servicios de Salud Norte ESE, con el fin de que se declarara un vínculo laboral y se declarara la nulidad del acto administrativo que negó el pago de acreencias laborales y prestaciones sociales derivadas de la alegada relación.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un verdadero conflicto de jurisdicciones, la Corte aplicó la regla de decisión del Auto 492/21, reiterada en el Auto 1094/21, en donde se indicó que, según lo establecido en el artículo 104 del CPACA, la jurisdicción contencioso administrativa es la competente para conocer y decidir de fondo un proceso promovido para determinar la existencia de una relación laboral, presuntamente encubierta a través de la sucesiva suscripción de contratos de prestación de servicios con el Estado.
Con base en lo anterior se dispuso el envío del expediente al Juzgado Cincuenta y Cinco Administrativo Oral del Circuito de Bogotá, para que proceda con lo de su competencia y les comunique esta decisión a los interesados y al otro operador jurídico involucrado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre la jurisdicción de lo contencioso administrativo y la jurisdicción ordinaria laboral, en el sentido de DECLARAR que corresponde a la jurisdicción contencioso administrativa (Juzgado Cincuenta y Cinco Administrativo Oral del Circuito de Bogotá) conocer de la demanda formulada por el señor Juan Carlos Castro Parra en contra de la Subred Integrada de Servicios de Salud Norte ESE.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-2038 al Juzgado Cincuenta y Cinco Administrativo Oral del Circuito de Bogotá, para que proceda con lo de su competencia y les comunique esta decisión a los interesados y al Juzgado Quince Laboral del Circuito de Bogotá.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.