A- de 2025
Ponente Juan Carlos Cortés González
✓Demandante Idear·Demandado Jimenez Mendez Juan Pablo
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Incumplimiento del presupuesto objetivo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto entre el Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca y el Juzgado 007 Administrativo de la misma ciudad, originado por una demanda ejecutiva con garantía real, presentada por el Instituto de Desarrollo de Arauca (IDEAR), en contra de un ciudadano, con la que pretende que se libre mandamiento de pago por la suma contenida en un pagaré que respalda un crédito agropecuario otorgado al demandado y que se encuentra insoluto.
Al revisar el cumplimiento de los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena advierte que, en este caso, no se cumple el presupuesto objetivo, por ende, el conflicto entre jurisdicciones propuesto no se configura.
Ello, por cuanto se observa que, en el trámite del proceso, se profirió auto que ordenó seguir adelante con la ejecución respecto de los pagarés, que fueron acumulados por parte del juez de conocimiento pues son dos.
Por lo tanto, el proceso ejecutivo con garantía real promovido por el IDEAR culminó su objeto y, en consecuencia, las causas que originaron el proceso y su pretensión no subsisten.
Esto, sin perjuicio de que eventualmente queden pendientes algunas decisiones orientadas a garantizar la efectividad de la orden de pago.
La Sala Plena se declara inhibida para decidir sobre el asunto y resuelve remitir el expediente al Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca para lo de su competencia.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. Declararse INHIBIDA para resolver el aparente conflicto de competencia entre jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca y el Juzgado 007 Administrativo de la misma ciudad, en relación con el proceso ejecutivo 2022-01288-00.
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, REMITIR el expediente CJU-6881 al Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado 007 Administrativo de la misma ciudad y a los demás interesados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.