A- de 2022
Ponente Natalia Ángel Cabo
✓Demandante Cardenas Benitez Nancy·Demandado En Averiguacion De Responsables
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Corte Constitucional carece de competencia para dirimir conflicto
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre la Inspección de Policía del Líbano, Tolima y la Fiscalía 41 Seccional del Líbano, Tolima.
La controversia se dio respecto a un proceso penal sobre la presunta comisión del delito de amenaza en contra de un particular.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena determinó que no se configura un conflicto de jurisdicciones porque si bien la Fiscalía General de la Nación está vinculada al ejercicio de la jurisdicción ordinaria, lo cierto es que no todas las funciones que cumple ostentan un carácter jurisdiccional y en el presente caso esta entidad no estaba ejerciendo sus funciones jurisdiccionales, consecuentemente no hay dos autoridades jurisdiccionales en controversia.
Con base a lo anterior, la Corte decide declararse inhibida y remitir el expediente a la Fiscalía 41 Seccional de Líbano, para lo de su competencia, y para que comunique la presente providencia a los interesados.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. Declararse INHIBIDA para resolver el conflicto de jurisdicciones entre la Inspección de Policía del Líbano, Tolima y la Fiscalía 41 Seccional del Líbano, Tolima, ante el incumplimiento del presupuesto subjetivo requerido para su configuración.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-1958 a la Fiscalía 41 Seccional de Líbano para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.