A- de 2024
Ponente Juan Carlos Cortés González
✓Demandante Games International Scientific·Demandado --
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Rechazar por falta de carga argumentativa
- Negar por cuanto la providencia analizó todos los asuntos de relevancia constitucional con efecto trascendente para el sentido de la decisión
- Reiteración de jurisprudencia sobre omisión arbitraria de análisis de aspectos de relevancia constitucional
- Reiteración de jurisprudencia sobre desconocimiento del precedente constitucional
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Solicitud de nulidad de la Sentencia T-101/24.
La empresa accionante argumentó que con el precitado fallo la Corte modificó su jurisprudencia sobre el requisito de relevancia constitucional y que eludió de manera arbitraria un asunto que tenía dicha connotación.
Tras analizar los cuestionamientos del peticionario, la Sala Plena decidió rechazar la nulidad respecto a la hipótesis del desconocimiento del precedente, por no cumplir con el requisito de carga argumentativa.
Así mismo, resolvió negarla en lo que respecta a la queja por la presunta elusión arbitraria de asuntos de relevancia constitucional, por cuanto encontró que dicho presupuesto no se configuró.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- PRIMERO. RECHAZAR, por no cumplir el requisito de carga argumentativa, la solicitud de nulidad presentada por Scientific Games International (SGI) en contra de la Sentencia T-101 de 2024, por desconocimiento del precedente judicial.
- SEGUNDO. NEGAR la solicitud de nulidad formulada Scientific Games International (SGI) en contra de la Sentencia T-101 de 2024, por la presunta elusión arbitraria de asuntos de relevancia constitucional, de conformidad con las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
- TERCERO. Por intermedio de la Secretaría General de esta corporación, COMUNICAR el contenido de esta decisión a la solicitante y advertir que contra esta providencia no procede recurso alguno.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.